Morelia establece un reglamento detallado para eutanasia animal y operativos de rescate, mejorando la protección animal en la ciudad.
El ayuntamiento de Morelia aprobó el Reglamento Interior del Instituto Moreliano de Protección Animal, un documento de 18 artículos organizados en cuatro capítulos y siete subsecciones, que por primera vez fija reglas específicas para eutanasia humanitaria, adopciones, operativos de inspección, procesos de rehabilitación, sanciones, padrones obligatorios y responsabilidades administrativas dentro de la dependencia.
Instituto Moreliano de Protección Animal
El Instituto, que ya operaba desde administraciones anteriores, funcionaba únicamente bajo lineamientos generales de la Ley Orgánica Municipal, el Bando de Gobierno y acuerdos administrativos; sin embargo, el Bando Municipal reformado en 2024 obligó a todas las dependencias a expedir o actualizar sus reglamentos internos, lo que derivó en el dictamen aprobado ahora por la Comisión de Gobernación, Seguridad Pública, Protección Civil y Participación Ciudadana.
El nuevo marco regula a detalle la estructura del organismo: la Unidad de Atención Animal y la Unidad de Apoyo para la Vigilancia y Rescate Animal, cada una con sus jefaturas.
- La primera operará procesos de adopción, registro, censo, estadísticas, talleres restaurativos y acciones de corresponsabilidad social.
- La segunda coordinará inspecciones, verificaciones, supervisión médica, rehabilitación, sanciones e intervenciones conjuntas con Policía Morelia, Mercados y Plazas, Inspección y Vigilancia e instancias judiciales.
Entre las facultades más relevantes se encuentra la aplicación de eutanasia humanitaria a ejemplares agonizantes o no susceptibles de rehabilitación, la supervisión de programas de esterilización, campañas de salud pública y la disposición de animales no reclamados en un plazo de 72 horas.
También se formaliza la obligación de expedir comprobantes por servicios ofrecidos y aplicar los derechos correspondientes según la Ley de Ingresos vigente.
Por primera vez, el Instituto deberá integrar padrones municipales obligatorios:
- Perros y gatos del municipio
- Establecimientos que venden o exhiben animales
- Criadores
- Albergues
- Clínicas y hospitales veterinarios, incluidos servicios de cremación
- Escuelas de adiestramiento
- Estéticas caninas
- asociaciones de protección animal y rescatistas independientes
Adopción responsable
Además, deberá elaborar censos, indicadores y mapas de focos rojos en colonias y tenencias, coordinar foros, congresos y capacitaciones, y realizar acciones de difusión y programas de adopción responsable con sociedad civil y sector privado.
El Reglamento también precisa las responsabilidades administrativas del personal, los criterios para imponer sanciones y el mecanismo para que, en caso de incumplimiento, intervenga el Órgano de Control Interno o la autoridad competente.
De acuerdo con los transitorios, el Instituto tendrá 90 días para presentar al Cabildo los manuales de organización y procedimientos de cada unidad administrativa.
La entrada en vigor del Reglamento se dará al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado y en la Gaceta Municipal.
