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Lunes, 05 Agosto 2024

Presidente AMLO prohíbe relaciones sexuales, novatadas y maltratos en la Educación Militar, mediante decreto

 Presidente AMLO prohíbe relaciones sexuales, novatadas y maltratos en la Educación Militar, mediante decreto

Fuente: Americano Victor / GENERAL / EditorAV1

Andrés Manuel López Obrador, Presidente de la Republica, firmó un decreto para fortalecer las medidas de disciplina en los planteles de educación militar, con medidas tanto para las autoridades como a los alumnos.

La actualización al reglamento de la Ley de Educación Militar del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos sanciona con la baja realizar maltrato físico, de palabra, de hecho o psicológico a estudiantes.

De igual forma, es expulsión asistir a la institución en estado de ebriedad o tomar bebidas embriagantes en las instalaciones o actividades oficiales.

Según las nuevas fracciones, se sancionan con expulsión las siguientes conductas:

-Introducir, poseer, inhalar, fumar, usar o ingerir cualquier tipo de narcótico.

-Estar en un caso médico legal, consistente en la alteración de la salud o estado físico.

-Estar involucrado en un “caso relevante” que ponga en entredicho la imagen y el prestigio de la Institución Educativa o del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos

-Publicar, exponer, exhibir, distribuir, grabar o divulgar fotografías o imágenes en redes sociales de personal militar, dentro o fuera de instalaciones militares, uniformados, de civil o con prendas o accesorios del uniforme que contengan signos o señas inequívocas sobre su identidad castrense, o con contenido corporal, sexual, real o simulado que afecten, además de la disciplina militar, el prestigio o imagen de la Institución Educativa o de Sedena.

-Tener relaciones sexuales consensuadas dentro de la Institución Educativa o en donde se le haya designado su alojamiento.

-Llevar a cabo conductas de hostigamiento y acoso sexual, acreditadas por el Comité de la Defensa Nacional.

-Contar con sentencia ejecutoria en la que se le imponga la pena de prisión.

-Realizarse tatuajes en lugares visibles o en una superficie mayor de 10 x 10 centímetros.

-Realizarse perforaciones en cualquier parte del cuerpo, con excepción de las horadaciones lobulares permitidas al personal femenino.

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