Morelia, Michoacán
Magistrados del Segundo Tribunal Colegiado aprobaron por unanimidad declarar como fundado el recurso de queja interpuesto luego de que un Juez de Distrito concedió un amparo a “Los Alegres del Barranco”, y con cuya determinación, la agrupación no interpretará o reproducirá en eventos públicos música o letras que fomenten la apología del delito y hagan alusión o promoción de grupos delictivos o personas vinculadas a los mismos.
En sesión extraordinaria virtual del Segundo Tribunal Colegiado en materias Administrativa y de Trabajo, los magistrados Miguel Ángel Mancilla Núñez, Mario Oscar Lugo Ramírez y Darío Carlos Contreras Favila resolvieron que dicho amparo contraviene disposiciones de orden público “porque se permitiría la consumación del delito tipificado en el artículo 208 del Código Penal Federal, que prevé la figura delictiva apología del delito”.
Se especificó que esta resolución no implica que la agrupación musical quejosa no se pueda presentar en eventos públicos, sino que solo deberá de abstenerse de interpretar o reproducir en los mismos, música cuya temática o letras fomenten la apología del delito y hagan alusión o promoción de grupos delictivos o personas vinculadas a estos. Con ello, se garantizan los derechos vinculados a la actividad musical.
Apenas ayer la Fiscalía de Jalisco informó que se suma una nueva investigación contra la agrupación por el posible delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita, para lo cual determinó congelar 5.8 millones de pesos, monto que habrían obtenido como ganancias tras una presentación en el Auditorio Telmex donde habría interpretado la canción “El del palenque”, acompañada de imágenes alusivas a un líder delincuencial.