Morelia, Michoacán

El autogobierno de las comunidades indígenas no es un tema de dinero, sino de ética; los presidentes municipales deben entender que hubo un cambio cultural y jurídico y si una localidad decide regirse para Usos y Costumbres, se debe aceptar, indicó el subsecretario de Enlace Legislativo y Asuntos Registrales de la Secretaría de Gobierno (Segob), Humberto Urquiza Martínez.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) reconoció que las localidades de Jarácuaro (Erongarícuaro) y Crescencio Morales (Zitácuaro) tienen derecho a regirse bajo autogobierno, pues se comprobó que todo el proceso estuvo apegado a la normativa de la Ley Orgánica Municipal de Michoacán, ello echó abajo las controversias promovidas por sus respectivos ayuntamientos, quienes se niegan a entregarles recursos a las comunidades indígenas.

“Estamos viviendo un cambio cultural en términos jurídicos y administrativos, se insta a los ayuntamientos a revisar el tema del autogobierno y el presupuesto directo no como una cuestión de dinero, sino como un asunto de derechos humanos”, expresó el funcionario estatal.

El debate sobre si el autogobierno implica una cuestión de derechos humanos o política se ha vuelto central. Según Martínez, el artículo 1 de la Constitución establece que todas las autoridades deben respetar los derechos humanos, incluidos los ayuntamientos, quienes deben cumplir con esta obligación de acuerdo con la ley.

En conclusión, Martínez destacó la importancia de garantizar que todas las consultas futuras se realicen de acuerdo con los mecanismos establecidos en la ley orgánica, lo que facilitará el proceso y evitará controversias futuras.