Morelia, Michoacán
El partido Morena en Michoacán no respalda la inciativa sobre falsa atribución de paternidad que presentó en el Congreso de la Unión el diputado Ernesto Núñez Aguilar, dirigente estatal del Partido Verde Ecologista de México (PVEM).
“Estamos en descuerdo, hay un alto grado de impunidad en los deudores alimentarios, de un 66 por ciento”, observó la secretaria general del partido a nivel estatal, Jeanette Márquez Capíz.
Si bien la iniciativa del diputado federal no tiene que ver directamente con las pensiones alimenticias sino con castigar con cárcel a las mujeres que hagan creer “dolosamente” a un hombre que es suyo un hijo que no lo es, algunas colectivas feministas se han pronunciado en contra debido a que un argumento de los hombres para no mantener a sus hijos suele ser que no son suyos. Además, se contrapone con el Código Familiar de Michoacán.
“Esta ley no tiene razón de ser y en México hay un alto grado de impunidad en los varones padres”, enfatizó la secretaria.
Por su parte, el dirigente estatal, Jesús Mora, la consideró innecesaria y excesiva, puesto que ya existe un marco legal para sancionar estas conductas, sólo que se prevé en el ámbito civil y no en el Código Penal.
“Lo consideramos inneceario, ya está en el tema civil y lo quiere pasar al tema penal y me parece un exceso”, expresó.
En sus redes sociales, Ernesto Núñez publicó una serie de infografías en donde pretende explicar los motivos y particularidades de la iniciativa que presentó y despertó tanta polémica.
De acuerdo con su explicación, lo que él busca es proteger la “dignidad de niños, niñas y las personas que son obligadas a asumir una paternidad”, pues se les está violentando su proyecto de vida al “imponerle obligaciones de crianza sin su consentimiento” con un menor con el que no tiene un vínculo biológico.
Esto afecta los derechos de los menores, asegura, puesto que se les niega el “derecho a la filiación y al conocimiento de su origen biológico” y se le “construye una falsa idea de familia”.
“Tanto la maternidad como la paternidad deben ser elegidas y atentar contra ello es una injusticia”, sostiene Ernesto Núñez.
Sin embargo, el Código Familiar del estado de Michoacán establece en su artículo 334 que los hijos nacidos después de 180 dias de celebrado un matrimonio heterosexual deben ser considerados hijos de los dos cónyuges, lo mismo que, según el artículo 335, los que nazcan dentro de los 300 días después de disuelta esta unión.