El delito fue perpetrado en noviembre de 2024, durante el robo de una camioneta en la colonia La Mora.

Redacción / La Voz de Michoacán

Uruapan, Michoacán. La Fiscalía General del Estado de Michoacán (FGE) obtuvo, mediante procedimiento abreviado, sentencia condenatoria de 24 años y 8 meses de prisión, así como el pago por concepto de reparación del daño, en contra de Ángel de Jesús “N”, el Chalán, por su responsabilidad en el homicidio calificado y robo calificado grave cometido en agravio de un profesor.

De acuerdo con los datos que constan en la Carpeta de Investigación, el 11 de noviembre de 2024, el sentenciado en compañía de otra persona, arribaron a la calle Prolongación Américas, en la colonia La Mora, lugar donde se encontraba la víctima, propietario de una camioneta Hyundai Creta, color negro.

En el sitio, Ángel de Jesús “N” forcejeó con la víctima para apoderarse de las llaves del vehículo, y al no lograrlo, le disparó por la espalda, provocándole la muerte.Posteriormente, su cómplice huyó a bordo de la camioneta robada.

Tras los hechos, la Fiscalía Regional de Uruapan llevó a cabo las investigaciones correspondientes que permitieron establecer la relación de Ángel de Jesús “N” en el delito, mismo que fue presentado ante el órgano jurisdiccional.

Una vez satisfechos los requisitos establecidos en el Código Nacional de Procedimientos Penales, se solicitó la apertura del procedimiento abreviado, medio a través del cual el órgano jurisdiccional resolvió sentenciar al acusado a 24 años y 8 meses de prisión, al pago de la reparación del daño.

El procedimiento abreviado es una forma de terminación anticipada del proceso, que consiste en el reconocimiento de participación del imputado en el hecho delictivo y, como consecuencia, se valora la pertinencia de reducir, en el margen acotado por la ley, la sanción que se impondrá, garantizándose en todo momento la reparación del daño.

La FGE refrenda su compromiso de garantizar acceso a la justicia a las víctimas y de llevar ante los tribunales a toda persona que, con sus actos, atente contra la vida, el patrimonio y la seguridad de las y los michoacanos.