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POLÍTICA
Miercoles, 21 Agosto 2024

SCJN ordena la despenalización del aborto en Yucatán

 SCJN ordena la despenalización del aborto en Yucatán

Fuente: Contramuro Noticias en Michoacán / POLÍTICA /

La Suprema Corte insta al Congreso de Yucatán la despenalización el aborto, marcando un precedente importante en ese estado.

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha emitido una orden al Congreso de Yucatán para que proceda con la despenalización del aborto.

Con una mayoría de cuatro votos a favor y uno en contra, la Sala otorgó protección legal a la organización Servicios Humanitarios en Salud Sexual y Reproductiva, que ofrece servicios de interrupción voluntaria del embarazo.

La organización desafió los artículos 389, 390, 392 y 393 del Código Penal de Yucatán, argumentando que penalizaban injustamente el aborto.

La ministra Margarita Ríos Farjat, quien presentó el proyecto, sugirió que la no aplicación de estos artículos se limitara solo a la organización, sin requerir al Congreso su derogación completa.

“Yo estoy a favor del sentido del proyecto, pero en cuanto a los efectos, se habían propuesto unos efectos acotados, la mayoría determinó que fueran extensos en relación con precedentes, se están presentando entonces extensos y yo estoy en contra de eso, me parece que deben ser acotados”, declaró.

No obstante, tres ministros votaron a favor de un amparo con efectos más amplios, basándose en precedentes, lo que llevó a la sentencia que ordena la derogación de los artículos mencionados.

La asociación argumentó que la cláusula constitucional que defiende la vida desde la concepción y las leyes que criminalizan el aborto en el estado vulneran el derecho humano a decidir de las personas a las que asiste.

En su recurso de amparo, la asociación alegó que estas disposiciones legales le impedían cumplir con su misión social, influían en las condiciones bajo las cuales opera, desalentaban a quienes buscan terminar voluntariamente su embarazo y perpetuaban una norma social que ve la maternidad como un destino obligatorio.

El juez de primera instancia no encontró pruebas de que la asociación realizara interrupciones del embarazo, pero la Suprema Corte, reconsiderando su competencia a solicitud del Tribunal Colegiado, revocó esta decisión inicial y otorgó el amparo, beneficiando así a los habitantes de Yucatán.

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