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Jueves, 18 Julio 2024

¿Quiénes pueden recibir 3,100 pesos bimestrales del programa de Bienestar?

 ¿Quiénes pueden recibir 3,100 pesos bimestrales del programa de Bienestar?

Fuente: Contramuro Noticias en Michoacán / Destacadas /

Descubre quiénes son elegibles para el apoyo bimestral del Bienestar de 3 mil 100 pesos y los requisitos necesarios.

Morelia, Michoacán.- En México, hay adultos mayores que pueden recibir 3 mil 100 pesos del apoyo bimestral del Bienestar, siempre y cuando cumplan con ciertas condiciones, en ellas su edad, que oscila entre los 30 y 64 años. Pero también personas discapacitadas.

En la actualidad, las personas de 60 años y más se consideran parte de la población más vulnerable, junto con mujeres embarazadas, niños y personas con discapacidad. Por ello, reciben apoyos económicos por parte del gobierno federal para mejorar su calidad de vida y ayudar en su economía, ya que muchos no pueden trabajar y se pretende que no abandonen la escuela en caso de ser estudiantes.

Los adultos mayores reciben cada dos meses 6 mil 000 pesos a través de la Pensión del Bienestar, un programa social destinado a ayudar a quienes tienen 65 años o más a cubrir gastos prioritarios como despensa, medicamentos y servicios del hogar-

¿Qué otros adultos mayores pueden recibir 3,100 pesos apoyo bimestral Bienestar?

Según los Programas para el Bienestar, este apoyo se entrega directamente a personas de 0 a 29 años con discapacidad. Sin embargo, algunos adultos mayores también pueden acceder a este apoyo, especialmente aquellos de entre 30 y 64 años que viven en municipios y localidades indígenas o afromexicanas, así como en áreas con alto o muy alto grado de marginación.

Para recibir los 3 mil 100 pesos, es necesario cumplir con los siguientes requisitos:

  1. Tener entre 0 y 29 años y padecer una discapacidad.
  2. Presentar acta de nacimiento (original y copia).
  3. Identificación oficial vigente (credencial para votar, pasaporte, INAPAM u otro documento similar).
  4. Clave Única de Registro de Población (CURP) (original y copia).
  5. Comprobante de domicilio (original y copia, máximo 6 meses de antigüedad).
  6. Certificado o constancia médica que acredite la discapacidad permanente, emitido por una institución pública de salud federal, estatal o municipal, con los requisitos mínimos establecidos por la institución.

En caso de que el solicitante no pueda acudir personalmente al registro, puede designar a un adulto auxiliar para representarlo, quien deberá presentar su identificación oficial, CURP, comprobante de domicilio y documento que acredite parentesco con la persona con discapacidad.

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