Se fijó plazo de 30 días para emitir un plan de actuación con reportes sobre el cumplimiento de la sentencia legal.
Javier Favela / La Voz de Michoacán
Morelia, Michoacán. El Poder Judicial Federal ordenó a todas las autoridades ambientalistas tomar medidas inmediatas para contrarrestar la contaminación del Río Lerma en su cauce de La Piedad.
La justicia de la Unión fijó plazo de 30 días a las autoridades involucradas para emitir un programa conjunto de saneamiento del Río Lerma con un cronograma de actuación y con reportes bimestrales de cumplimiento de la sentencia.
Bajo la ponencia del magistrado Salvador Alejandro Pérez Contreras, el Pleno del Primer Tribunal de Circuito del XI Circuito, en materia administrativa y laboral, con sede en Morelia, ordenó mitigar, sanear, reparar y restaurar la cuenca del Río Lerma en el tramo referido, con sanción de 26 mil pesos en caso de incumplimiento del requerimiento sin causa justificada, y con la advertencia de separación del cargo y consignación penal a las autoridades responsables que no ejecuten la sentencia, es decir, que incurran en evasivas o en dilaciones injustificadas.
El órgano jurisdiccional, que preside el magistrado Omar Liévanos, resolvió juicio de amparo en revisión 63/2023 que promovió la ciudadana Beatriz Hernández, después de años de litigio federal sin acompañamiento de las instituciones ni de los partidos políticos.
La sentencia del Tribunal Colegiado señaló que el juez de Distrito vulneró el bloque de constitucionalidad en materia del derecho humano al medio ambiente. La resolución retoma el reclamo ciudadano ante la degradación ambiental del Río Lerma y la queja por la falta de vigilancia de descarga de aguas negras, de residuos ambientales y de desechos urbanos que han envenenado los ecosistemas.
El Río Lerma, que desagua en el Lago de Chapala, ha sido convertido en canal de desechos con mal olor, abundante basura, mosquitos, bioquímicos y metales pesados.
La sentencia obliga a las autoridades responsables a elaborar un programa conjunto, a crear campañas preventivas y a instaurar un fondo ambiental para reparar los daños a los recursos hídricos bajo los parámetros de la Ley de Aguas Nacionales, la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Ley Estatal de Aguas y Gestión de Cuencas con el fin de garantizar el acceso universal al agua de calidad, acorde con los precedentes de la Suprema Corte.
La Secretaría de Salud deberá informar sobre los riesgos a la salud causados por las altas cantidades de contaminación en el agua. Asimismo, tomar acciones para prevenir y tratar las enfermedades derivadas por la ingestión de los contaminantes.
Las autoridades responsables deberán convenir un esquema de financiamiento previamente autorizado por los Congresos de la Unión y Estatal, en sus presupuestos correspondientes.
La cuenca del río Lerma está altamente contaminada y genera graves riesgos a la salubridad general y al ecosistema.
Las autoridades de todos los niveles han pasado por alto la problemática.
La sentencia conlleva a disponer de presupuestos, personal especializado, campañas de prevención y reparación de la salud, y acciones de participación ciudadana. La decisión judicial es acorde con la opinión consultiva de la Corte Interamericana de DHs sobre emergencia climática y precedentes jurisprudenciales de la Corte mexicana.