Morelia, Michoacán

Un juez de distrito ha dictaminado frenar el proceso de designación de titular de la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH), pues la convocatoria emitida por el legislativo michoacano no contempla acciones afirmativas en favor de las mujeres.

La resolución al juicio de amparo 815/2025 promovido por el abogado Gumesindo García Morelos, apoderado jurídico de la aspirante Bárbara Gabriela Ramírez Pedraza, contra el Congreso local y la CEDH, dictaminada por el juez de distrito, Sergio Santamaria Chamu, señala que la convocatoria impugnada es de apariencia neutral, pero el resultado puede ocasionar un impacto desproporcionado a grupos en situación de desventaja histórica, en este caso, por razón de género.

Es decir, el legislativo tendría que haber emitido una convocatoria dirigida únicamente a mujeres, como un esfuerzo en favor de la eliminación de la discriminación en contra de ellas, así como de prevenir, sancionar y erradicar la violencia en contra de la mujer, pues que una mujer presida la CEDH garantiza un equilibrio en la búsqueda de equidad de género.

“En términos del artículo 88 del supletorio Código Federal de Procedimientos Civiles, que desde la creación de la indicada Comisión, al día de hoy, ninguna mujer ha sido su titular”.

Asimismo, el resolutivo al juicio de amparo señala que, de negarse la autoridad correspondiente a atender la medida cautelar, incurrirá en un acto de violencia de género por omisión de manera irreparable, pues el Estado debe garantizar el derecho a la igualdad sustantiva y a la no violencia de género.

“Se concede en favor de Bárbara Gabriela Ramírez Pedraza la suspensión provisional, para el efecto de que, sin perjuicio de la continuación de las etapas relativas a la Convocatoria para la elección de la persona titular de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos, publicada en el Periódico Oficial del Estado el dieciséis de junio de dos mil veinticinco, el Congreso del Estado de Michoacán, se abstenga de designar, elegir o nombrar a la persona titular de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos”.

Asimismo, el resolutivo señala que la medida cautelar dictaminada contempla a todas las mujeres que aspiren al cargo de Ombudsperson, no únicamente a la solicitante del juicio, “aun y cuando ellas no hayan promovido la demanda de amparo, por efecto reflejo indirecto”.