La iniciativa fue presentada a título personal por la legisladora, y es la que se prevé el partido guinda respalde para su aprobación por el Congreso del Estado
Morelia, Michoacán.- Derogar el concepto de aborto dentro del Código Penal del Estado, así como sanciones a quienes aborten o practiquen abortos con consentimiento después de las 12 semanas de gestación, plantea la reforma presentada al Congreso local por la coordinadora de Morena, Fabiola Alanís Sámano.
La iniciativa fue presentada a título personal por la legisladora, y es la que se prevé el partido guinda respalde para su aprobación por el Congreso del Estado. Fabiola Alanís estima que será de los temas prioritarios para votar este mismo año –entre octubre y noviembre-, incluso antes de empezar con la revisión del paquete económico de 2025.
El planteamiento es derogar el artículo 141 y 145, así como reformar el 142, 143, 144 y 147 del Código Penal del Estado.
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El artículo 141 que propone derogar, es decir, suprimir del Código, es el que hasta hoy día establece: “Concepto de aborto. Aborto es la muerte del producto de la concepción en cualquier momento del embarazo”.
Sobre el aborto con consentimiento previsto en el artículo 142 y que actualmente a la letra establece que “a quien hiciere abortar a una mujer con consentimiento previo de ésta, se le impondrá de seis meses a dos años de prisión”, Alanís plantea también adecuaciones.
La proyección es reformarlo para que quede de la siguiente manera:
“A quien voluntariamente provoque su aborto, después de las 12 semanas de gestación le impondrá de seis meses a un año de trabajo a favor de la comunidad e ingresar a un programa de educación sexual, enfocado en prevención y planificación familiar, con atención especializada psicológica y terapéutica”.
Ahí, se contempla agregar también que “a quien hiciere abortar a una mujer o persona gestante, con consentimiento previo de esta, después de las doce semanas de gestación, se le impondrá de seis meses a dos años de prisión”.
Otro artículo a reformar es el 143 sobre el aborto sin consentimiento. El texto actual del Código señala:
“A quien hiciere abortar a una mujer sin su consentimiento, se le impondrá de tres a ocho años de prisión. Si mediare violencia física o psicológica se impondrá de seis a nueve años de prisión”.
La morenista propone incrementar las penas de manera sustancial: “A quien hiciere abortar a una mujer o persona gestante, sin su consentimiento, se le impondrá de diez a veinte años de prisión. Si mediare violencia física o psicológica se impondrá de veinte a cuarenta años de prisión.
“Si en cualquiera de los supuestos de este artículo, el sujeto activo origina una o más lesiones a la mujer o persona gestante en virtud del aborto que le causó dolosamente, se aumentarán las penas, hasta en una mitad de la máxima”.
En el caso del artículo 145 que actualmente establece que “a la mujer que voluntariamente provoque su aborto se le impondrá de seis meses a un año de trabajo a favor de la comunidad. En este caso, el delito de aborto sólo se sancionará cuando se haya consumado”, la legisladora propone derogarlo.
Finalmente, sobre el artículo 146 que hoy día prevé las excluyentes de responsabilidad del aborto, planea derogar su contenido y sólo establecer ahí:
“No será punible el aborto cuando el embarazo sea producto de violación o se realice por razones médicas”.
En entrevista Fabiola Alanís señaló que la reforma es de avanzada y tiene que ver con los derechos de cuarta generación, “tiene que ver con el momento en el que estamos”, con la perspectiva de género, la interseccionalidad, la interculturalidad y los derechos humanos.
“Si se deroga el concepto de aborto estamos llegando a algo que es muy razonable, que es que el aborto no tiene que ver con un acto punitivo sino con un tema de salud pública, y como tal el estado tiene que asumir la responsabilidad de garantizar a las mujeres gestantes el aborto seguro”.